Política bajo la lupa

BUSCA, DIPUTADA KARLA SALAZAR, AMPLIAR LA PROTECCIÓN DE INFANTES EN YUCATÁN

Según la Organización Panamericana de la Salud, a nivel mundial, 1 de cada 2 niñas y niños de entre 2 y 17 años sufre algún tipo de violencia cada año, es decir el 50% de nuestra población infantil no vive una infancia segura y feliz; y a pesar de que la violencia física, es la forma más visible de maltrato contra niñas, niños y adolescentes, es preciso recordar que hay una forma de maltrato, que aunque no es igual de visible como lo puede ser un moretón o un golpe, es igual de lacerante para sus derechos, estoy hablando del descuido o trato negligente.

La Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Yucatán (PRODENNAY), ha señalado que tan solo en el período comprendido del año 2020 al 2022, ha recibido más de 500 reportes de casos de niños, niñas y adolescentes en situaciones de descuido y/o trato negligente,. Asimismo, la PRODENNAY ha señalado que en el mismo período (2020 al 2022), un total de 191 niños, niñas y adolescentes han sido separados de sus núcleos familiares por situaciones de descuido y/o trato negligente que han puesto en riesgo su integridad física, psicológica, emocional y de salud e ingresados a un Centro de Asistencia Social como medida de protección urgente.

Ante ello la legisladora local del PAN, Karla Salazar, propuso una iniciativa que busca ampliar la protección a las infancias, sancionando el descuido o trato negligente contra ellas, adicionando al artículo 352 del Código Penal de Yucatán, correspondiente al delito de abandono de personas, las situaciones de descuido y/o trato negligente en contra de niñas, niños y adolescentes.

«A efecto de que dichas omisiones, que ponen en peligro el bienestar de niñas y niños, sean consideradas y sancionadas en consecuencia; lo anterior, tomando en cuenta que las niñas y niños merecen el más alto nivel de bienestar posible, y que garantizar esto, no solo es algo que le corresponda a la materia familiar, sino que como preocupación social, deben tomarse todas las medidas necesarias para que las niñas, niños y adolescentes de nuestra entidad no sufran de ningún tipo de maltrato.»

La diputada local señala: que se adicione al art. 352 del Código Penal del Estado de Yucatán, lo siguiente:

Art. 352-TER “Se equipara al abandono de personas, y se sanciona de uno a cuatro años de prisión, A QUIEN POR DESCUIDO O TRATO NEGLIGENTE, NO PROPORCIONE LOS CUIDADOS NECESARIOS Y ELEMENTOS PARA LA SOBREVIVENCIA Y DESARROLLO DE LOS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, TENIENDO LOS MEDIOS, EL CONOCIMIENTO Y EL ACCESO A LOS SERVICIOS NECESARIOS PARA ELLO. Si el imputado fuese ascendiente o tutor del ofendido, además, se le privará de la patria potestad o de la tutela.”

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